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Rector de la UCSM brindó servicio al MINDEF pese a prohibición de Ley Universitaria y Estatuto

Jorge Cáceres Arce

El Centro de Altos Estudios del Ministerio de Defensa le pagó a Jorge Luis Cáceres Arce por dictar curso de maestría en abril 2025. Esto luego de asumir el cargo de rector de la Universidad Católica Santa María (UCSM). Este tipo de servicios fuera de la entidad privada vienen de antes. Cuando fungió de vicerrector Académico recibió S/ 27 mil de diferentes entidades del Estado entre 2020 y 2025. Su actuación atentaría con la dedicación exclusiva dispuesta en las normas internas de la universidad.

Texto tomado de elbuho.pe

“Está cerrado ese capítulo”, contestó Jorge Luis Cáceres Arce, actual rector de la Universidad Católica Santa María (UCSM) de Arequipa. Con dicha frase, el abogado comunicó su renuncia a seguir siendo agente del Estado Peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Su última actuación, el 21 de agosto del 2025 en San José de Costa Rica, causó indignación en los familiares de las víctimas de los atentados como el de Barrios Altos y La Cantuta.

El exmilitante aprista defendió en audiencia la promulgación en el gobierno de Dina Boluarte tras la aprobación del Congreso, de la Ley de Amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comités de Autodefensa, procesados por asesinatos extrajudiciales, torturas, violaciones sexuales, ocurridos entre 1980 y el 2000, periodo del Conflicto Armado Interno. No solo, por momentos, sus argumentos fueron políticos (mencionó al expresidente Martín Vizcarra, por ejemplo), sino también tergiversados. Afirmó que la organización consultiva europea, Comisión de Venecia, dispuso que las leyes de amnistía pueden ser “aprobadas bajo condiciones”. Pero omitió que la comisión finalmente considera a las amnistías “inadmisibles y que no deben ser reconocidas”.

“Hace 15 días atrás (renuncié) y de eso (ser agente) no me han pagado un centavo”, dijo el último 29 de septiembre. Cáceres ejerció ad honorem dicho encargo del Gobierno mientras era vicerrector Académico de la UCSM y continuó siéndolo, por seis meses más, tras ser elegido rector. Pero en el 2025 realizó un servicio que sí fue remunerado por el mismo Ministerio de Defensa (MINDEF) y que atentaría contra lo dispuesto por la Ley Universitaria (LU) y por el propio estatuto de la UCSM.

Cuestionable. Rector defendió ley que favorece a la impunidad. (Foto: CIDH)

SERVICIO AL MINDEF

El constitucionalista juró el 31 de enero al máximo cargo de esta casa de estudios luego de obtener la preferencia de la mayoría de miembros de su Asamblea Universitaria.  En el auditorio no fue raro ver a Adolfo de Córdova, exministro de Agricultura en el segundo mandato de Alan García. Cáceres perteneció a las huestes del Partido Aprista Peruano. Fue primer regidor por dicha veta política en la Municipalidad Provincial de Arequipa entre el 2002 al 2006. Otras figuras polémicas, como Ernesto Blume, ex magistrado del Tribunal Constitucional y “defensor” del fujimorismo, también aplaudieron su asunción.

Diecisiete días después (el 17 de febrero) de la ceremonia, fue considerado en la terna de 14 docentes autorizados del Centro de Altos Estudios Nacionales-Escuela de Posgrado (CAEN-EPG) para dar clases en sus diferentes programas académicos para el año 2025, mediante resolución N°048-2025. El CAEN es una institución del MINDEF que tiene como principal función el de capacitar sobre seguridad y defensa nacional a nivel de posgrado a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y público en general. 

El 24 de marzo, el director del CAEN-EPG, Miguel Kuan Garay, solicitó opinión a la Dirección de Personal Civil del MINDEF, sobre el expediente de contratación de dicha autoridad para dictar el curso “Derecho Constitucional” en el programa “VIII Maestría en derechos humanos, derecho internacional humanitario y resolución de conflictos”. En los términos de referencia se estipula que se requieren 32 horas académicas y que el lugar del servicio se ejecutará en las instalaciones del CAEN, ubicado en la Av. Escuela Militar con la Av. Chorrillos, Lima.

Condiciones. CAEN estipuló que dictado de clases se realice en Lima.

Entre la documentación, están las declaraciones juradas de intereses y de prohibiciones e incompatibilidades que entregó Cáceres. En ninguna de ellas menciona ser en la actualidad rector de la UCSM. ¿Si no hay ninguna incompatibilidad, por qué no haberlo informado? Según la Ley Universitaria N°30220, el rector asume la dirección de la casa de estudios a dedicación exclusiva. El propio Estatuto de la UCSM, de agosto 2024, lo ratifica en su artículo 88. Más aún, cuando Cáceres recibe una jugosa remuneración mensual de S/ 45 mil (S/ 19 mil como sueldo y más la bonificación de S/ 26,750) como para dedicarse a otra cosa que no sea conducir dicha universidad.

Tras acreditar el CAEN que existe presupuesto para pagar y emitirse la orden de servicio N°000189, finalmente Cáceres dictó el curso. En su informe de mayo 2025, indicó que dio su primera clase el martes 15 de abril, días antes de los feriados por Semana Santa, que fueron el jueves 17 y viernes 18. Tras dicha semana, completó el curso el martes 22 y miércoles 23 del mismo mes. Si se hace el cálculo, ante las horas académicas exigidas (32), el rector debió impartir 11 horas por cada jornada. Expuso siete temas desde el “Constitucionalismo político”, hasta “La soberanía Constitucional del Estado y la Nación”. Por ello, Cáceres recibió S/ 4160, es decir S/ 130 por cada hora académica, tal como acredita su recibo por honorarios y la orden de servicio al que se tuvo acceso.

“NO TENGO QUE PEDIR PERMISO”

“Me convocaron como profesor de la maestría de alta especialización y eso no es ninguna incompatibilidad […] Es un tema de una maestría que dicté en el centro de altos estudios militares que es un honor. Es un honor dictar en ese nivel, yo no he ido a lucrar porque es una institución pública del Estado”, contestó Cáceres. Acotó que, al ser “un tema evidentemente académico”, no habría ningún conflicto legal.

A la consulta ¿pidió permiso al Consejo Universitario para ausentarse en dichos días?, Cáceres contestó: “no necesita. A ver. He dictado las clases en horarios fuera de atención de la universidad. Entonces no tengo por qué… Si es un horario fuera de la universidad no hay inconveniente”, insistió, a pesar de ser días laborables para la UCSM los que dictó en el CAEN. No permitió hacer repreguntas y se retiró.

Se consultó a ex integrantes del Consejo Universitario (CU) del periodo agosto 2024 a agosto 2025, si Cáceres pidió permiso para ausentarse en abril 2025, pero decidieron no responder. Se realizó una verificación a las actas del CU que por cumplimiento a la LU debe publicar en su portal institucional, pero solo está actualizado a enero 2025.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) consultó a la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) los alcances de la dedicación exclusiva de los rectores y vicerrectores de las universidades públicas. En su informe técnico N°0019-2018 concluye que dichas autoridades se “encuentran impedidos de desempeñar cualquier otro cargo o labor (…) en entidades públicas y privadas, sin distinción si son remuneradas o no”.

Entidad del MINDEF. La sede del CAEN-EPG está en Lima. (Foto: CAEN)

El ámbito de la aplicación de LU abarca tanto a las universidades públicas como las privadas. El propio Estatuto de la UCSM lo reconoce así. El incumplimiento de la LU y Estatuto puede ser sancionada con la vacancia, según el Artículo 105 del Estatuto. Recurso sancionador al que, con el servicio al MINDEF, el rector queda expuesto.

LOS SERVICIOS COMO VICERRECTOR

El documento de la UCSM también indica que el puesto de vicerrector es a dedicación exclusiva. Contraviniendo dicho marco, Cáceres ofreció sus oficios a diversas entidades estatales por S/27 480 cuando dirigió el vicerrectorado Académico entre 2020 al 2025 en la UCSM, durante la segunda gestión de Alberto Briceño Ortega. Entre los clientes de Cáceres estuvieron la Municipalidad Provincial de Arequipa (S/ 10 000), la Academia de la Magistratura del Poder Judicial (S/ 11 520) y universidades públicas, como la Mayor de San Marcos (S/ 360) y de San Agustín (S/ 5600).

En un rastreo realizado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) a las últimas autoridades de la UCSM, no se encontró que sus rectores y vicerrectores hayan contratado con el Estado durante sus mandatos. Sería un privilegio que solo tendría Cáceres. Por ejemplo, el past rector Albert Briceño Ortega, no cuenta con alguna prestación para el Estado en sus dos periodos (2015-2025). Exautoridades santamarianas consultadas ratificaron estar impedidas de recibir salarios de otras entidades públicas o privadas distintas.

Past rector. Briceño no cuenta con servicios al Estado. (Foto: UCSM)

Todo esto abre la posibilidad de solicitar un procedimiento de vacancia contra Cáceres. El Estatuto aclara que “cualquier miembro de la comunidad universitaria debe denunciar (…) actos que constituyan indicios (…) de infracciones de la Ley y el Estatuto”. Si no es ante a la Asamblea o Consejo Universitario, ante la Sunedu, entidad que determina infracciones por el incumplimiento de la LU.

“NO SE CAYÓ, SE DESPLOMÓ”

La casa de estudios privada envió una carta notarial a elbuho.pe rechazando la publicación de este informe y bajo presión de interponer acciones legales. Uno de los principales argumentos es que el servicio al MINDEF “se trata de la prestación de servicios esporádicos que generan derecho al cobro de una retribución y nunca de una remuneración”. Añadieron que Cáceres impartió sus clases “en horarios distantes a los de funcionamiento administrativo”. En el expediente del servicio no se encuentra información de lo que alega la entidad privada y solo se cuenta con el “Informe sobre el dictado del curso de Derecho Constitucional” firmado por el propio rector, en el que él mismo detalla los fechas que dictó clases y que está publicado párrafos arriba.

Última actualización 27 de octubre del 2025